TicketBai · Sanidad y enseñanza

TicketBAI en clínicas y actividades exentas de IVA

«Estoy exento de IVA, así que TicketBAI no va conmigo». Es una de las confusiones más habituales entre médicos, dentistas, fisioterapeutas, psicólogos y academias de Gipuzkoa, y puede salir muy cara. Te explicamos qué dice la normativa foral, con los artículos delante.

En resumen

Estar exento de IVA no te exime de TicketBAI. En Gipuzkoa, TicketBAI se aplica a todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios de quienes tributan por IRPF con actividad económica o por el Impuesto sobre Sociedades, estén o no exentas de IVA. Desde junio de 2023, todos los sectores están obligados.

La asistencia sanitaria exenta (médicos, dentistas, fisioterapeutas, psicólogos, podólogos, logopedas…) siempre lleva factura, la pida o no el paciente, y esa factura sale por TicketBAI. La enseñanza no necesita factura, pero sí un justificante TicketBAI. Y los datos de salud no viajan a Hacienda: la descripción se sustituye por un texto de protección de datos.

Exento de IVA no es exento de TicketBAI

La exención de IVA y TicketBAI son cosas distintas. La exención decide si cobras IVA; TicketBAI decide cómo emites y comunicas tus facturas a la Hacienda foral.

En Gipuzkoa, la obligación TicketBAI está en la normativa del IRPF (artículo 112 bis de la Norma Foral 3/2014) y del Impuesto sobre Sociedades (artículo 122 bis de la Norma Foral 2/2014), y alcanza a todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios de quienes desarrollan una actividad económica. Las preguntas frecuentes de la Diputación lo aclaran: se aplica tanto a las operaciones que requieren factura como a las que no, y en estas últimas se aplica sobre los justificantes.

Las exoneraciones previstas en el Decreto Foral 32/2020, que desarrolla TicketBAI, están tasadas, y ninguna se refiere a las actividades exentas de IVA, ni a la sanidad, ni a la enseñanza. Si todavía tienes dudas sobre si estás obligado, empieza por TicketBAI en Gipuzkoa: quién está obligado, plazos y sanciones.

Sanidad: siempre factura

El Reglamento de facturación de Gipuzkoa (Decreto Foral 8/2013) dice que las operaciones exentas de IVA, por regla general, no necesitan factura. Pero en su artículo 3.1.a hace una excepción importante: la factura es obligatoria en las operaciones exentas por el artículo 20.Uno, números 2.º, 3.º, 4.º, 5.º, 15.º, 20.º, 22.º, 24.º, 25.º y 28.º de la ley del IVA. Entre ellos están:

  • 2.º: la hospitalización y la asistencia sanitaria en clínicas y centros.
  • 3.º: la asistencia a personas físicas por profesionales médicos y sanitarios: médicos, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, psicólogos, logopedas, ópticos, dietistas…
  • 5.º: los servicios de dentistas, odontólogos, estomatólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales.

Por tanto, en una clínica o una consulta cada servicio exento lleva factura, la pida o no el paciente, y esa factura se emite con TicketBAI. No vale acumular los cobros del día en un solo apunte.

Ojo con lo que no es asistencia sanitaria: la Diputación recuerda que los tratamientos estéticos o de adelgazamiento que no forman parte de una actuación médica no están exentos. Llevan IVA, y también TicketBAI.

Enseñanza: justificante TicketBAI

La enseñanza exenta (artículo 20.Uno.9.º) y las clases particulares (10.º) no están en esa lista, así que no necesitan factura, salvo que el alumno sea una empresa o la pida para ejercer un derecho fiscal.

Eso no las libra de TicketBAI. El Decreto Foral 32/2020 añadió al Reglamento de facturación la obligación de expedir un justificante por las operaciones que no llevan factura, con las mismas reglas que las facturas, y ese justificante también se emite con el software TicketBAI. Una academia, una autoescuela o un profesor particular emiten un justificante TicketBAI por cada cobro.

¿Factura simplificada o completa?

  • Se puede emitir factura simplificada (el antiguo «tique») cuando el importe no pasa de 400 €, IVA incluido si lo hubiera.
  • El límite de 3.000 € que se oye a menudo es solo para una lista cerrada de actividades (comercio minorista, hostelería, peluquerías y similares) que no incluye la sanidad ni la enseñanza.
  • Por encima de 400 €, o si el destinatario es una empresa o profesional que la pide, hay que emitir factura completa, con el nombre y el NIF del paciente.
  • Si el paciente pide después una factura completa por un servicio ya cobrado con simplificada, se emite una factura en sustitución de la simplificada, que tiene su propio fichero TicketBAI.

Cómo se indica la exención

La factura, sea completa o simplificada, tiene que mencionar la exención: el artículo de la norma que la ampara o, simplemente, la indicación de que la operación está exenta. Por ejemplo: «Operación exenta de IVA según el artículo 20.Uno.3.º de la Norma Foral del IVA».

En el fichero TicketBAI, la operación se declara como sujeta y exenta, con la causa de exención E1 («exenta por el artículo 20») y el importe de la base exenta. Esto lo hace el programa de facturación, pero conviene comprobar que está bien configurado: una clínica que tiene servicios exentos y servicios de estética con IVA necesita que cada uno salga con su tratamiento.

Los datos de salud y Hacienda

Es la pregunta que más preocupa, con razón: ¿mandamos a Hacienda el diagnóstico o el tratamiento de cada paciente? No.

  • La norma foral exige los datos de la factura «salvaguardando» los datos especialmente protegidos del artículo 9 del Reglamento General de Protección de Datos, que incluye los datos de salud.
  • El Decreto Foral 32/2020 lo concreta: la descripción de la operación que va en el fichero no incluirá esos datos.
  • Según las preguntas frecuentes de la Diputación, en los campos de descripción basta con poner «Información protegida por Artículo 9 Reglamento 679/2016». La factura que recibe el paciente sí puede describir el servicio real.

Lo que sí viaja son los importes, la base exenta y la causa de exención y, en las facturas completas, el nombre y el NIF del paciente. En las simplificadas, el destinatario normalmente no se identifica.

¿Hay alguna exoneración?

  • La exoneración por edad no sirve a los sanitarios colegiados. La Diputación permitió exonerarse a quienes tenían 60 años o más a finales de 2021 y cumplían otros requisitos, pero excluyó expresamente a las profesiones con colegiación obligatoria. Médicos, dentistas, fisioterapeutas y psicólogos colegiados no pueden acogerse.
  • Entidades sin fines lucrativos. Las fundaciones y asociaciones acogidas al régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos, y las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades, quedan fuera de la obligación, y las parcialmente exentas solo están obligadas por las rentas que tributan. Puede afectar a algunos centros sanitarios o educativos: compruébalo con tu asesor.
  • Exoneraciones a solicitud. La Dirección General de Hacienda puede autorizar exoneraciones por circunstancias concretas, pero no hemos encontrado ninguna general para la sanidad ni la enseñanza.

Fechas y sanciones

El calendario de implantación en Gipuzkoa terminó el 1 de junio de 2023: hoy todos los sectores están obligados, incluidos los profesionales sanitarios, las clínicas y las academias.

Las sanciones son las mismas que para cualquier otra actividad: no usar TicketBAI supone el 20 % de la cifra de negocios del año anterior, con un mínimo de 20.000 €, y los incumplimientos puntuales, 2.000 € por operación. Tienes el cuadro completo en nuestro artículo sobre TicketBAI.

Si tu clínica o tu consulta tiene el domicilio fiscal en Bizkaia, además de TicketBAI tienes el libro registro LROE: lo explicamos en Batuz y el LROE en Bizkaia. Y si lo tienes fuera del País Vasco, lo que te toca es Verifactu: mira si te afecta Verifactu.

Qué pedirle a tu programa

En una clínica, la facturación no puede ser un programa aparte en el que se vuelve a teclear lo que ya está en la agenda. Comprueba que el tuyo:

  1. Está en el listado de software TicketBAI de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  2. Emite una factura por cada servicio, desde la propia cita, sin volver a teclear nada.
  3. Distingue los servicios exentos (con la causa E1 y la mención de la exención) de los servicios con IVA, como la estética.
  4. Sustituye la descripción por el texto de protección de datos en el fichero que va a Hacienda, sin quitársela a la factura del paciente.
  5. Permite pasar de factura simplificada a completa cuando el paciente la pide después, con su fichero de sustitución.
  6. Si tienes centros en varios territorios, sabe trabajar con TicketBAI, Batuz y Verifactu.

Esto no lo contamos de oídas: en GestionByte hemos construido ByClinics, nuestra plataforma de gestión para centros sanitarios, con la facturación TicketBAI, Batuz y Verifactu integrada en la agenda. Y si tu clínica usa otro programa, podemos revisar si cumple o adaptar tu facturación.

Preguntas frecuentes

¿Un médico o un fisioterapeuta exento de IVA tiene que usar TicketBAI en Gipuzkoa?

Sí. La exención de IVA no exime de TicketBAI, que se aplica a todas las prestaciones de servicios de quienes tributan por IRPF con actividad económica o por el Impuesto sobre Sociedades. Además, la asistencia sanitaria exenta siempre requiere factura, y esa factura se emite con TicketBAI.

¿Tengo que hacer factura aunque el paciente no la pida?

Sí, en la asistencia sanitaria. El Reglamento de facturación de Gipuzkoa obliga a expedir factura en las operaciones exentas por el artículo 20.Uno 2.º, 3.º y 5.º de la ley del IVA, que incluyen la hospitalización, la asistencia de profesionales médicos y sanitarios y los servicios de dentistas, aunque el paciente no la pida.

¿Se envían a Hacienda los datos de salud de los pacientes?

No. La descripción de la operación que va en el fichero TicketBAI no puede incluir datos de salud; según la Diputación, basta con consignar «Información protegida por Artículo 9 Reglamento 679/2016». Sí viajan los importes, la base exenta y, en las facturas completas, el nombre y el NIF del paciente.

¿Una academia o un profesor particular tiene que usar TicketBAI?

Sí. La enseñanza exenta de IVA no necesita factura salvo que la pida el alumno o sea una empresa, pero hay que emitir un justificante por cada cobro, y ese justificante también se emite con el software TicketBAI.

¿Qué causa de exención se pone en TicketBAI para servicios sanitarios?

La operación se declara como sujeta y exenta, con la causa E1, «exenta por el artículo 20», y el importe de la base exenta. La factura debe mencionar además que la operación está exenta, por ejemplo citando el artículo 20.Uno.3.º.

¿Puedo pedir la exoneración de TicketBAI por edad si soy sanitario?

No, si tu profesión exige colegiación obligatoria. La exoneración por edad de la Diputación de Gipuzkoa excluyó expresamente a las profesiones con colegiación obligatoria, como médicos, dentistas, fisioterapeutas o psicólogos.

Fuentes

Revisado el 28 de septiembre de 2026. Los textos vigentes que publica la Diputación son documentos de divulgación; los que tienen valor jurídico son los publicados en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal para un caso concreto.

Contacto

¿Revisamos la facturación de tu clínica?

Te decimos si tu programa emite bien las facturas exentas, protege los datos de salud y cumple TicketBAI, y qué haría falta cambiar. Sin compromiso. Estamos en Irún (Gipuzkoa), a 20 minutos de Donostia-San Sebastián.